El ministro del Interior, Carlos Morán, explicó en RPP Noticias cuáles son las infracciones y las multas por cada una de ellas, durante el periodo que dure el Estado de Emergencia Nacional. El lunes, el Gobierno señaló que las sanciones estarán entre el 2% hasta el 10% de una UIT (Unidad Impositiva Tributaria).
“Además, las personas que incumplan van a tener antecedentes policiales” afirmó el ministro. “Hemos llegado a que el Gobierno pueda emitir un decreto legislativo que faculta a la Policía a poner multas a las personas que incumplan la cuarentena. Hemos terminado el reglamento y hemos incorporado la gradualidad de las multas por cada tipo de infracción”.
Estas son las infracciones y sus respectivas sanciones:
INFRACCIÓN | CALIFICACIÓN | MONTO | MONTO EN SOLES |
No respetar el mínimo de un metro de distancia obligatorio, formando aglomeraciones en establecimeintos comerciales. | Leve | 2% de la UIT | S/ 86 |
Salir más de una persona por familia para la adquisición de víveres o productos farmacéuticos. | Grave | 5% de la UIT | S/ 215 |
Circular por la vía pública para actividades que no cumplen labores específicas en actividades esenciales. | Grave | 5% de la UIT | S/ 215 |
Circular por la vía pública sin contar con el respectivo pase laboral. | Grave | 6% de la UIT | S/ 258 |
Desarrollar actividades económicas no previstas como actividades esenciales. | Grave | 7% de la UIT | S/ 301 |
Circular con vehículos de uso particular sin la autorización emitida por el ministerio de Defensa o del Interior. | Grave | 8% de la UIT | S/ 344 |
Circular por la vía pública sin utilizar mascarilla de uso obligatorio. | Grave | 8% de la UIT | S/ 344 |
No respetar la inmovilización social obligatoria durante todo el día domingo, durante el tiempo que dure el Estado de Emergencia Nacional. | Muy grave | 9% de la UIT | S/ 387 |
Desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales, religiosas de aglomeración o concurrencia masiva o no en la vía pública. | Muy grave | 9% de la UIT | S/ 387 |
No respetar la inmovilización social obligatoria desde las 6:00 p.m. hasta las 4 a.m. (excepto Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto en donde es desde las 4:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. del día siguiente) | Muy grave | 10% de la UIT | S/ 430 |
No contar o rehusarse a cumplir con la identificación dispuesta por los miembros de la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas. (Todo ciudadano está obligado a llevar su DNI cuando salga) | Muy grave | 10% de UIT | S/ 430 |
Quienes no cumplan con el pago de las multas no podrán realizar trámites administrativos tales como pedir préstamos, registrar patrimonios, salir del país, entre otras restricciones.